En el pensamiento político contemporáneo dominante, la inmigración se formula ante todo como un conflicto de entre el derecho a emigrar, el derecho a residir y el derecho a no ser discriminado, todos ellos individuales. Este encuadre no es casual ni meramente técnico, sino que es la expresión coherente de una antropología y de una teoría política determinadas, las del liberalismo moderno. Cuand el hombre es pensado primariamente como individuo portador de derechos, la migración solo puede aparecer como fricción jurídica entre esferas subjetivas.
Pero este encuadre, aun habiendo contribuido de modo decisivo a la protección jurídica del individuo, resulta insuficiente para pensar la inmigración como fenómeno político integral. Tendrá en cuenta brevemente a tres autores, a Thomas Hobbes, John Locke y John Rawls, tres eximios representantes del liberalismo, con el objeto de contrastar sus supuestos con la concepción tomista de la comunidad política y del bien común.
El rasgo definitorio del liberalismo es la prioridad lógica del individuo respecto de la comunidad. En sus diversas formulaciones, parte siempre de un sujeto prepolítico, portador de derechos naturales o fundamentales, cuya identidad moral es anterior a toda pertenencia comunitaria. La sociedad no constituye al individuo; es el individuo quien, por cálculo o acuerdo, da origen a la sociedad.
En Hobbes, este individuo aparece como sujeto de deseo y autopreservación, arrojado a un estado de naturaleza dominado por la inseguridad. En Locke, aunque dicho estado se describe con tonos más pacíficos, el individuo conserva derechos inalienables anteriores al pacto político. En Rawls, finalmente, el sujeto moral es concebido como portador de una concepción del bien que el Estado debe respetar desde una estricta neutralidad.
Desde esta perspectiva, la comunidad política no es una realidad moral originaria, sino un instrumento funcional destinado a proteger derechos individuales. El bien común pierde su densidad ontológica y se transforma en un marco procedimental de coexistencia. Ya no es un fin compartido, sino un equilibrio entre libertades.
La consecuencia política inmediata de esta antropología es una concepción contractual de la sociedad. El Estado surge de un acuerdo real o hipotético entre individuos que buscan maximizar su seguridad o garantizar la protección de sus derechos. Su legitimidad no proviene de la ordenación a un bien objetivo, sino del consentimiento individual.
En este marco, el Estado debe ser neutral respecto de las concepciones del bien. Especialmente en Rawls, la neutralidad se convierte en principio normativo central; no es la justicia lo que orienta la vida común hacia un bien sustantivo, sino lo que regula imparcialmente el acceso a derechos y oportunidades. La política renuncia así a toda pretensión moral fuerte.
Desde la perspectiva tomista, esta neutralidad resulta problemática. Si la comunidad política no está ordenada a un bien común objetivo, pierde su carácter moral y se reduce a un árbitro procedimental. La política deja de ser ámbito de virtud para convertirse en técnica de gestión.
Aplicada a la inmigración, la lógica liberal conduce a un esquema binario que opone los derechos del inmigrante a los del ciudadano. La cuestión política se reduce entonces a una delimitación de esferas individuales. ¿Hasta dónde puede un Estado restringir el derecho a migrar sin vulnerar derechos fundamentales? La pregunta es jurídicamente relevante, pero políticamente incompleta.
Este planteamiento presenta dos límites estructurales. Por un lado, carece de una teoría robusta de la integración, pues la pertenencia política no se define por la participación en un bien común, sino por el reconocimiento formal de derechos. Por otro, oscurece la dimensión moral de la comunidad, que queda reducida a un agregado de individuos jurídicamente coordinados.
Desde el tomismo, esta reducción resulta insatisfactoria. La inmigración no es solo un problema de acceso a derechos, sino de ordenación al bien común. La pertenencia política implica deberes, hábitos cívicos y una cierta comunión de fines, realidades que el liberalismo tiende a relegar al ámbito privado o a considerar irrelevantes.
El ideal liberal de neutralidad tiene una consecuencia especialmente grave en el ámbito migratorio: impide al Estado formular criterios sustantivos de integración. Si toda concepción del bien es privada, el poder político carece de legitimidad para exigir algo más que el respeto formal de la ley.
Desde la perspectiva tomista, esta neutralidad equivale a una abdicación moral. El Estado no solo puede, sino que debe promover las condiciones que hacen posible la vida buena en común. Exigir integración cívica, respeto a las leyes y lealtad al bien común no constituye una imposición ideológica, sino una exigencia de la justicia legal.
El liberalismo, al negar esta dimensión, oscila entre dos polos igualmente problemáticos: una apertura formal sin integración real, o restricciones defensivas que no logra justificar normativamente. Carece de criterios internos para articular una política migratoria moralmente integradora.
La crítica tomista al liberalismo no consiste en negar la importancia de los derechos individuales, sino en reordenarlos. Para Santo Tomás de Aquino, los derechos se comprenden siempre en relación con el bien común, melius quam bonum unius. En materia de inmigración, ello implica reconocer al inmigrante como sujeto de dignidad y de justicia, pero también afirmar que su integración debe ordenarse al bien común y ser regulada prudentemente por la autoridad.
El liberalismo, al carecer de una noción sustantiva de bien común, responde a los conflictos migratorios de modo jurídico o procedimental, pero no moralmente articulador. Protege al individuo, pero descuida la comunidad; garantiza derechos formales, pero no genera pertenencia; regula procedimientos, pero no propone fines compartidos.
Sería injusto ignorar las aportaciones del liberalismo, en particular la afirmación de los derechos individuales, que ha contribuido decisivamente a proteger al inmigrante frente a abusos y arbitrariedades. Sin embargo, estas aportaciones se revelan insuficientes cuando se trata de pensar la inmigración como fenómeno político total. Desde el tomismo, esta insuficiencia no es accidental, sino estructural.
En conclusión, el liberalismo moderno ofrece un marco parcial para abordar la inmigración. Al absolutizar los derechos individuales y neutralizar el bien común, termina por vaciar de contenido moral a la comunidad política. El tomismo propone una alternativa más exigente: una política que reconozca la dignidad del inmigrante sin disolver la comunidad, que articule derechos y deberes y que sitúe la inmigración en el horizonte del bien común y de la prudencia.
Sobre esta base crítica es posible abordar el cosmopolitismo moderno, que, aunque se presenta como superación del liberalismo, incurre en aporías distintas pero igualmente relevantes para la cuestión migratoria. Es lo que me propongo hacer en la próxima entrega.