La propiedad del súbdito

Dice Juan de Mariana en su Tratado de la moneda de vellón (en Obras del padre Juan de Mariana, tomo II, M. Rivadeneira, Madrid, 1854, páginas 577-591) que la ralea de hombres más perjudicial que hay en el mundo y la que más abunda en la cercanía del poderoso es la que trata de extender el poder de éste. Pero que el poderoso se engaña si se deja convencer por tales sujetos, porque, consistiendo su grandeza solo en “la salud pública y particular de los pueblos”, debido a que el mando es como la virtud, que tiene un exceso y un defecto y deja de ser buena tanto en un extremo como en el otro. Y así como es saludable llevarse alimentos a la boca cuando es menester, pero es sumamente insalubre comer en demasía, así también es bueno ejercer el mando con prudencia y es malo acumular más del que conviene, pues entonces el rey se hace tirano y su gobierno no solo se hace malo y odioso, sino sobre todo débil y poco duradero, pues concita contra sí la enemistad de sus vasallos, contra la que no hay fuerza que valga si se alza contra él.

No debe, pues, el rey, por mucho que se lo barboteen al oído sus aduladores, pensar que es suya la propiedad de los súbditos. Tome de ella lo necesario para la salvaguarda y protección de éstos así en la guerra como en la paz, tanto en asuntos de milicia como de comercio o administración de las haciendas privadas. Pero no tome más de lo necesario para estos fines sin el consentimiento del pueblo si no quiere horadar la base en que se sustenta el reinado. A la verdad, tampoco debe tomar lo necesario para los fines antedichos si el pueblo no lo consiente.

Así lo había fijado el Panormitano[1] en el cap. IV de su De iur. iur., escribiendo que los reyes no pueden en modo alguno hacer nada en perjuicio del pueblo si éste no lo consiente, entendiendo por perjuicio el quitarle su hacienda o una parte de ella. Es evidente, por lo demás, que la hacienda no es del rey, pues entonces no podría el vasallo poner demanda contra él, como así sucede a menudo.

Sucede también sin embargo que los poderosos han buscado y hallado otras maneras más seguras y ocultas de entrar en la propiedad de sus súbditos. De lo que fue Mariana el primero en levantar acta de acusación contra ellos.


[1] Mariana debe referirse a Nicolò de' Tudeschi (Panormitanus, Abbas Modernus o Recentior, Abbas Panormitanus o Siculus, 1386-1445), que, tras renunciar a los puestos de prelado auditor del Tribunal de la Rota y referendario apostólico, se puso al servicio de Alfonso V de Aragón, que le nombró obispo de Palermo, de donde le viene su sobrenombre.

 

 

 

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Acerca de Emiliano Fernández Rueda

Doctor en Filosofía por la Universidad complutense de Madrid. Profesor de filosofía en varios centros de Bachillerato y Universidad. Autor de libros de la misma materia y numerosos artículos.
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