El Padre Francisco Suárez

Francisco Suárez, el Doctor Eximio, nació en Granada el día 5 de enero de 1548. Además de una gran obra de metafísica y teología, escribió un libro monumental de filosofía política titulado De legibus y otro menor, pero imprescindible para completar las ideas de aquél y para comprender la cólera que las doctrinas de su autor provocaron en Jacobo I, rey de Inglaterra, que ordenó que se quemaran ambos en la plaza pública.

Suárez define la ley como “un precepto común, justo y estable, suficientemente promulgado”. ¿En qué clase de sociedad es posible cumplir la ley? No en una familiar, que es imperfecta, sino en una que tenga como fin no que los hombres sean buenos, pues esto pertenece a la libertad de cada cual, sino que sean buenos ciudadanos, lo cual no es lo mismo.

He aquí una distinción que nuestros fundamentalistas demócratas desconocen.

Una sociedad que tenga como fin el buen ciudadano tiene que contar con una autoridad legítima con capacidad de hacer la ley y de hacerla cumplir. El origen de esta autoridad está en Dios, pero Dios no la pone en el rey, como pensaron los Borbones y los Estuardo, sino en la sociedad misma:

Dios no da esta potestad mediante una acción especial, o por una concesión distinta de la creación. De lo contrario, tal concesión debería constar por revelación, y esto sabemos que es falso; además, en ese caso, tal potestad no sería natural. Por consiguiente, se concede como una propiedad que sigue a la naturaleza, a saber, interviniendo un dictamen de la razón natural, que muestra cómo dios ha provisto con suficiencia al género humano y, en consecuencia, le ha dado la potestad necesaria para su conservación y gobierno conveniente[1]

Sucede, sin embargo, que la autoridad podría quedar difuminada en el pueblo y no ejercerse, cayendo en anarquía. Para que esto no llegue a darse es preciso que tenga lugar una elección o consentimiento entre los miembros de la sociedad para que la autoridad se transfiera a una institución o persona que pueda ejercerla, viniendo tal persona o institución obligada a responder ante el pueblo por el uso que haga de ella.

Esta doctrina, calificada por su propio autor como egregio dogma de teología, no define por sí misma ningún sistema político como el mejor ni el preferible. Puede ser demócrata, aristócrata o monárquico. Eso no importa demasiado. Lo que importa es el respeto que debe tenerse al egregio dogma.

(Cf. Rábade, S., Suárez, Ediciones del Orto, Madrid, 1997, págs. 46-48.)


[1] Citado en Rábade, S., op. cit., pág. 47

 

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Acerca de Emiliano Fernández Rueda

Doctor en Filosofía por la Universidad complutense de Madrid. Profesor de filosofía en varios centros de Bachillerato y Universidad. Autor de libros de la misma materia y numerosos artículos.
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