12. Una política de la inmigración orientada al bien común

Después de haber establecido los fundamentos filosóficos de la comunidad política, examinado el estatuto del extranjero en Santo Tomás de Aquino, reconstruido el desarrollo de la doctrina social de la Iglesia y contrastado críticamente las principales corrientes modernas, este último artículo asume una tarea decisiva: formular una propuesta normativa coherente, inspirada en el tomismo, para pensar la inmigración en el mundo contemporáneo.

No se trata de diseñar un programa político ni de ofrecer un catálogo de medidas técnicas. La filosofía no legisla ni administra; esclarece. Su función es más honda y más exigente: identificar los criterios racionales y morales que deben orientar el juicio prudencial de quienes ejercen la responsabilidad política. La propuesta que aquí se presenta es, por tanto, normativa, no programática; criteriológica, no ejecutiva.

Desde una perspectiva tomista, la inmigración no es primariamente un fenómeno económico, cultural o securitario, aunque contenga todos esos elementos. Es, ante todo, una cuestión de justicia política. En ella confluyen dos exigencias igualmente reales y normativas:

  1. La justicia debida al extranjero en cuanto persona humana.
  2. La justicia debida a la comunidad política en cuanto ordenada al bien común.

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5. La dignidad del extranjero y los límites morales de la política

El análisis del estatuto del extranjero en Santo Tomás de Aquino podría inducir, si se lo aísla indebidamente de su fundamento antropológico, a una lectura restrictiva o defensiva de su pensamiento político. Tal interpretación, sin embargo, resulta incompatible con el núcleo mismo de su doctrina moral. Por ello, después de haber expuesto la regulación prudencial de la integración del extranjero, es necesario mostrar ahora los límites morales infranqueables que dicha regulación encuentra en la ley natural y en la dignidad de la persona humana.

La tesis que aquí se sostiene es clara: la filosofía política tomista no puede ser utilizada para justificar ni la negación de la dignidad del extranjero ni su instrumentalización por parte del poder político. La comunidad política es, ciertamente, una realidad moral; pero no es absoluta. Está subordinada a un orden moral objetivo que la precede, la orienta y, llegado el caso, la juzga. En este punto, la doctrina del Aquinate se revela particularmente exigente y ajena a toda sacralización del poder.

La ley natural ocupa un lugar central en la arquitectura moral tomista. Santo Tomás la define como participatio legis aeternae in rationali creatura, participación de la ley eterna en la criatura racional. Esta definición implica que todo ser humano, en cuanto dotado de razón, participa de un orden moral objetivo que no depende de su pertenencia política, cultural o religiosa. La moralidad precede y limita al Estado, no nace de él ni se agota en él.

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