El monopolio sindical

La exención de responsabilidad civil a los sindicatos viene de lejos. La Trade Dispute Act inglesa, de 1906, les otorgaba la irresponsabilidad por las faltas más graves, permitiéndoles gozar de un privilegio que no se concedía a ninguna persona física o jurídica.

Con ello no se ha estimulado nunca la lucha por la igualdad, sino por el privilegio. Schumpeter se quejaba ya en 1942 de que al no aplicar la ley a los piquetes se estaba dando cobertura legal a la amenaza de fuerza y exoneración de responsabilidad por los daños causados, lo que no era, en su opinión, otra cosa que admitir que los sindicatos pueden delinquir.

Las medidas legislativas han sido extraordinariamente benévolas con ellos, tanto en Europa como en los Estados Unidos, donde se los excluyó de las disposiciones antimonopolísticas de la ley Sherman y se llegó a establecer la más completa inmunidad por sus actos delictivos.

A todo ello se ha sumado el hecho de que los tribunales de justicia y las autoridades estatales han sido tolerantes en todos los casos en que podrían haberlos penalizado. Las organizaciones sindicales se confunden con el propósito que declaran y las gentes no se atreven a censurarlas por temor a que se piense que no defienden la libertad de asociación. Muy pocas personas estarían dispuestas a hacer suyas las palabras de una mujer del Partido Laborista de Inglaterra:

De hecho, es consustancial a un sindicato el ser antisocial; sus miembros se disgustarían, con razón, si sus funcionarios y comités dejasen de anteponer sus intereses particulares a cualesquiera otros (citado en Hayek, Los fundamentos de la libertad, pág. 173)

Así ha sido durante la mayor parte del siglo pasado. En España continúa siendo así en gran parte por causa de la rémora ideológica que arrastra todavía la mitología franquista, explotada con una gran eficacia por todos aquellos que pretenden adquirir predominio social y político. Todo ello contribuye a que los sindicatos no sean vistos como una empresa cuya actividad debe ser contrapesada con iguales derechos por cualquier otra, sino como la única que tiene derecho a organizar la mano de obra del país, y ello en beneficio del conjunto social.

En el presente aumenta el número de los desengañados, pero la opinión general sobre este asunto sigue estando oscurecida. Pocos se dan cuenta de que la idea principal es errónea y de que la libertad sufre amenaza por el poder que los sindicatos se arrogan, un poder que no se considera poder, sino derecho. Mientras la auténtica situación no sea patente para todos, y sobre todo, para legisladores, jueces y autoridades públicas, seguirán investidos de una capacidad destructiva intolerable.

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Acerca de Emiliano Fernández Rueda

Doctor en Filosofía por la Universidad complutense de Madrid. Profesor de filosofía en varios centros de Bachillerato y Universidad. Autor de libros de la misma materia y numerosos artículos.
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